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Seguro del Hogar – Que debes tener en cuenta? (Letra chica)

By septiembre 17, 2019octubre 20th, 2021No Comments

Al momento de consultar o contratar un seguro de hogar cada vez mas personas  nos expresaron su interes por conocer la famosa “Letra chica” de la poliza; “Me interesa la poliza para mi casa, pero quiero que me cuentes bien acerca de la letra chica porque despues no quiero sorpresas” o “Me decis bien en que casos me cubre y en que casos no?” y es ahí donde empezamos a citar ejemplos.

Es por eso que es importante que tengas en cuenta que:

Antes que nada tenes que saber que existen bienes NO ASEGURADOS·

Estan excluidos de la cobertura de seguro: moneda (papel o metálico), oro, plata y otros metales preciosos, perlas y piedras preciosas no engarzadas, manuscritos y documentos, papeles de comercio, títulos, acciones, bonos y otros valores mobiliarios, patrones, clises, matrices, modelos y moldes, croquis, dibujos y planos técnicos, explosivos, vehículos que requieran licencia para circular, bienes asegurados específicamente mediante otras pólizas de otros ramos.

Vamos a ver lo mas importante cobertura por cobertura.

Incendio del edificio y del contenido de tu casa:

  • Es importante estar comunicados y en epocas de inflacion mantener las sumas aseguradas del edificio y del contenido de tu casa actualizadas para evitar sorpresas
  • Es importante tambien que sepas que el seguro de incendio de tu casa se puede contratar de dos maneras:
    • A primer riesgo absoluto (Recomendado): Esto quiere decir que la compañía te indemnizará el daño hasta el límite de la suma asegurada de incendio que hayas contratado.
    • A prorrata: Esto quiere decir que la compañía te indemnizará el daño de manera proporcional. Si tu casa esta asegurada por debajo del valor real, la indemnización va a ser proporcional a la relación que exista entre la suma asegurada y el valor real de tu casa. En este caso es importantísimo que el valor de tu casa este siempre actualizado.

Robo del contenido de tu casa:

  • Hay bienes que tienen sublimites:
    • La indemnización de los bienes de tus Huéspedes se limitará al diez por ciento (10%) de la suma asegurada de robo que contrates.
    • La indemnización de tus alhajas, pieles, objetos de arte, relojes de pulsera, colgantes o de bolsillo, encendedores, lapiceras, instrumentos científicos o de precisión o instrumentos de óptica, máquinas fotográficas, filmadoras, proyectores se limitará al veinte por ciento (20%) por objeto de la suma asegurada de robo que contrates, sin que en su conjunto exceda el cincuenta por ciento (50%) de la suma asegurada de robo que contrates.
      • Para estos bienes también tenes una cobertura especifica. Es importante a la hora de asegurar que charlemos de esto y pueda conocer bien tus necesidades.
  • Hay ciertas EXCLUSIONES
    • Si el robo se produce por instigación, complicidad o directamente por cualquier miembro de la familia del Asegurado, cónyuge o integrante de la unión convivencial,
    • Cuando los bienes asegurados se encontraren fuera de tu casa o dentro del predio de tu casa pero a la vista y no cuenten con las medidas de seguridad exigidas.
    • Cuando los bienes asegurados se encontraren en edificios deshabitados o sin custodia durante cuarenta y cinco (45) días consecutivos o un total de ciento veinte (120) días por cada año de vigencia de la Póliza.
    • Cuando la vivienda estuviere ocupada total o parcialmente por terceros, excepto que se tratara de Huéspedes.
    • Se excluye el hurto cuando en la vivienda se desarrollaren actividades comerciales, industriales o civiles en general, que impliquen el acceso de personas.
    • El hurto de bicicletas.
  • Tenes que tener algunos cuidados, por ejemplo:
    • Tomar las medidas de seguridad razonables para evitar el Robo y/o Hurto, cerrando debidamente los accesos cuando corresponda.
    • Mantener en perfecto estado de conservación y funcionamiento los herrajes y cerraduras.
  • Se te van a exigir ciertas MEDIDAS DE SEGURIDAD (*)
    • Que todas las puertas que den a la calle o a patios o a jardines o a pasillos cuenten con cerradura tipo «doble paleta» o «bidimensional».
    • Que todas las puertas, ventanas, claraboyas, tragaluces u otras aberturas con paneles de vidrio, ubicadas en la planta baja de tu casa tengan comunicación con el exterior o sectores internos con conexión al exterior, que sean accesibles desde la calle, cuenten con rejas de protección de hierro.
    • Que no linde con terreno baldío, obra en construcción o edificio abandonado, a menos que esté cercada por muros de mampostería y/o ladrillo y/u hormigón de una altura mínima de 1,80 metros.

(*) Estas medidas de seguridad no serán de aplicación cuando tu casa se encuentre ubicada dentro de un club de campo o barrio privado que cuenten con:

  • Cerco perimetral.
  • Puesto de vigilancia y control permanente en los accesos.

Tampoco se aplicaran cuando:

  • La suma asegurada para la cobertura de Robo fuere menor a la suma indicada en las Condiciones Particulares.
  • La vivienda asegurada se encuentre ubicada fuera del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, La Plata, Mar del Plata, Rosario, Ciudad de Santa Fe, Ciudad de Córdoba, Ciudad de Mendoza, Posadas , San Miguel de Tucumán, Ciudad de Neuquén y sus zonas de influencia.
    • Hasta cien (100) kilómetros contados desde el centro de la Ciudad de Buenos Aires.
    • Hasta cincuenta (50) kilómetros contados desde el centro de cualquiera de las otras ciudades.

Si no cumplís con esto y se produjera un siniestro facilitado o agravado por el incumplimiento de estas medidas, la indemnización quedará reducida al setenta por ciento (70%). (Artículo 36 de la Ley de Seguros)

Electrodomesticos (*):

Sin dudas la cobertura de electrodomesticos es la que mas le interesa a muchas personas en estas épocas.

Es importante que sepas que si el electrodomésticos tiene mas de tres (3) años de antigüedad se aplicara un descuento en la indemnización por depreciación del bien.

Que NO cubre la cobertura de Electrodomesticos?

  • El vicio propio de la cosa objeto del seguro (Cuando el daño viene de fabrica por ejemplo) o la agravación del daño derivada de esa causa.·
  • Cualquier reparación, restauración o renovación.·
  • Depreciación, desgaste, deterioro o rotura de cualquier pieza por el uso normal.·
  • El uso de pantalla protectora de rayos catódicos contra expresas instrucciones del fabricante.·
  • Desperfectos mecánicos o eléctricos o recalentamiento de cualquier unidad generadora o transformadora.·
  • Software y equipos portátiles.

Que se entiende por Electrodomesticos?:

  • Televisores
  • Equipos de audio
  • Home theater
  • Videograbadoras
  • Reproductores de video
  • DVD / Blue ray
  • Hornos microondas y eléctricos
  • Linea Blanca (Heladeras, Lavarropas, Cocinas…)
  • PC de escritorio (NO NOTEBOOKS)
  • Telefonos inalámbricos (NO CELULARES)

Cristales:

Que NO cubre la cobertura de Cristales:

  • Vicio propio de la cosa objeto del seguro (Cuando el daño viene de fabrica por ejemplo) o por la agravación del daño derivada de esa causa.
  • Fallas de construcción del edificio y defectos de colocación.
  • Movimiento o traslado de la pieza por cualquier razón fuera del lugar en que se encuentre instalada si se tratare de una instalación fija.
  • Vibraciones u otros fenómenos producidos por aeronaves .
  • Las rayaduras, incisiones, hendiduras u otros daños distintos de la rotura o rajadura.
  • Los marcos, cuadros, armazones o accesorios, aunque se los mencionara al individualizar las piezas objeto del seguro.
  • Las piezas total o parcialmente pintadas salvo que se dejara constancia en la poliza.
  • El valor de la pintura, grabados, inscripciones, letras, dibujos, esmerilados u otras aplicaciones de cualquier índole, salvo que se dejara constancia en poliza.
  • Los trabajos de carpintería u otros necesarios para facilitar la colocación del cristal, vidrio o espejo nuevo.
  • Los espejos venecianos o de mano, los artefactos de iluminación y la cristalería.
  • Los vitreaux, cualquier pieza con grabados artísticos o cristales curvos, salvo que se los cubra específicamente con indicación de dimensión, valor y ubicación.
  • Las piezas colocadas en dependencias separadas del riesgo asegurado destinadas al uso comercial o industrial.
  • Cristales que formen parte de electrodomésticos u otros elementos móviles.

Ante cualquier duda por favor comunicate para las dudas puntuales que tengas.

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